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Los partidos políticos y tus datos personales en las próximas elecciones

El pasado 7 de diciembre entró en vigor en España la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales(en adelante LOPD).

La nueva norma española se adapta a la también nueva normativa europea aplicable en la materia desde el pasado 25 de mayo, el Reglamento General de Protección de Datos(en adelante RGPD).

Esta nueva LOPD presenta novedades especialmente respecto a los llamados derechos digitales. Los mismos consisten en por ejemplo disponer ahora de un derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, en el derecho al testamento digital en cuanto a contenido de una persona fallecida que una red social gestione o el derecho al olvido en redes sociales y servicios equivalentes.

Pero esta nueva LOPD también presenta un cambio destacado, y más escondido, al modificar otras normas en materia de protección de datos. Una de esas normas que modifica es la LOREG o la normativa que regula las eleccionesmunicipales, autonómicas, europeas y generales. En la LOREG lo que la nueva LOPD hace es crear el artículo 58 bis.

¿En qué consiste ese artículo 58 bis? Ese nuevo artículo regula cómo los partidos políticos podrán usar ahora medios tecnológicos y nuestros datos personales durante unas elecciones. En ese sentido, hay que recordar que nuestra ideología política es un dato personal con un nivel de protección especial.

Pues bien, ¿qué podrán hacer ahora los partidos políticos con nuestros datos personales relacionados con nuestra ideología?Para empezar, podrán recogerlos de webs o redes sociales y sin necesidad de nuestro consentimiento (algo que sí debían respetar antes). Resulta que ahora el nuevo artículo 58 bis les da un interés público para recopilar esos datos. Es cierto que para ello deben respetar unas garantías adecuadas, el problema es que las mismas no se han definido.

Además, los partidos luego podrán tratar esos datos para realizar durante las elecciones actividades políticas, sin indicarse mayores garantías. Eso podría implicar que un partido creara unaevolución de tu ideologíaen función de por ejemplo los comentarios que has realizado en la sección de política de un diario o tus Likes en Twitter.

Finalmente, ahora los partidos políticos podrán enviarnos propaganda electoralal correo electrónico o nuestro móvil sin necesidad de nuestro consentimiento. Cierto es que podremos darnos de baja de esos mensajes, pero una vez recibidos, no antes.

Para defendernos ante esos cambios podremos ejercer nuestros derechos de acceso, supresión y oposiciónfrente a los partidos políticos, por ejemplo para saber cuánta información nuestra manejan e impedir su uso. Pero deberemos hacerlo uno por uno, y teniendo en cuenta que en España hay más de 4000 partidos políticos, la tarea se presenta intensa.

Sea como sea, para explicar de forma más sencilla y detallada la importancia de este cambio normativo y todas sus implicaciones, y favorecer su difusión, hemos creado dentro de nuestra iniciativa “Derecho Ficción”un vídeo explicativo con la ayuda de Los Simpson:

Para más obtener información sobre esta cuestión u otras relacionadas con el Derecho y las nuevas tecnologías, podéis encontrarnos en nuestra web o contactarnos por email en: hola@terminosycondiciones.es

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